La fiscal Adriana Reynoso Cuello, titular de la fiscalía de Instrucción en lo Penal de la 6° Nominación ordenó el archivo de una denuncia contra médicos que realizaron un aborto no punible a una chica de 11 que había sido violada, en el Instituto de Maternidad de Tucumán.
La práctica se realizó el 18 de abril del año pasado, y está comprendida dentro de los lineamientos que difundió la Corte Suprema para estos casos, en marzo de 2013. Tras conocerse la denuncia de un abogado, apoderado del PRO, la ONG La Casa de las Mujeres Norma Nasiff solicitó su archivo. Explicaban que los médicos no habían incurrido en ningún delito, dado que el aborto no punible a la niña se había hecho conforme a la ley y al fallo de la Corte Suprema de Justicia.
La resolución de Reynoso Cuello sostiene que “el aborto le pertenece a la víctima (de violación), no a la moral estatal”, con lo cual despejó dudas frente a los intentos de obstaculizar esa práctica en los hospitales locales y reafirmó que el gobierno de Tucumán tiene la obligación de garantizar el acceso a los abortos no punibles, de acuerdo a un artículo que publicó "Página 12", y que reprodujo el portal "Infojus".
Además, la fiscal aclaró que se debe aplicar “automáticamente el fallo F.A.L.”, de la Corte Suprema, y consideró que el hecho de no contar en los hospitales con profesionales de la salud dispuestos a garantizar esas intervenciones guía hacia la clandestinidad a las mujeres que las requieren. Y afirmó que el Estado provincial debe ser garante de esos procedimientos.
La denuncia había sido presentada el 22 abril de 2013, por el apoderado del PRO en Tucumán –y ex candidato a concejal–, Arturo Forenza (h), contra profesionales de la salud que días antes habían realizado un aborto no punible en la Maternidad Nuestra Señora de las Mercedes, a la nena de 11 años que había sido violada por su padre
Forenza había pedido que se investigue el delito de aborto, y si hubo abuso de autoridad e incumplimiento de los deberes de funcionario público de parte de los médicos que asistieron a la niña.
En su resolución Reynoso Cuello aclaró que la inexistencia de Guía o Protocolo no obstaculiza el acceso a la práctica médica del aborto no punible; que es deber de los profesionales de la salud realizar ese tipo de procedimientos; que se trata de una intervención legal y que no hay ninguna fundamentación para desconocer los derechos fundamentales de la mujer embarazada a consecuencia de una violación, es decir, “la propia vida o integridad psicofísica de quien lleva adelante una gestación que en su formación no quiso y en el futuro no querrá”.
La abogada tucumana Soledad Deza, que hizo la presentación ante la fiscalía para que se archiven las actuaciones explicó que Tucumán “es una provincia difícil para los derechos sexuales y reproductivos, por eso el festejo es mayor”. Y agregó que junto a Formosa son las provincias del país, que no adhirieron a la ley Nº 26.573, de Salud Sexual y Procreación Responsable, sancionada en 2003.